Responder para qué un seguro en
esta ocasión lo responderé con la cuestión para qué leer. No es sobre una
lectura o autor en particular, tampoco cuál editorial o corrector de estilo, pero
posiblemente saber cuál lectura puede ser la más necesaria y decidamos sin que
nos quite tiempo, pero que nos permita ante todo disfrutar la vida. Leer la
vida y garantizarla para que nos dé tiempo en lo que queramos hacer, por lo
tanto cuando se lee sobre el tema de los seguros se responde a la importancia
del futuro y de cómo se hace realidad asumiendo los riesgos, la gestión
necesaria que le ofrece un conocimiento y la oportunidad para que así se eviten
los accidentes, incluyendo enfermedades y hasta perder lo necesario para vivir.
El interés de la industria
aseguradora está en la gestión de riesgos, cómo administrarlo y ofrecer una
solución a la incertidumbre, la necesidad del seguro no se puede comparar con
las obligaciones contractuales, aunque hacen parte de un marco legal que regula
el mercado, la necesidad de vender seguros a diferentes sectores como la
industria, el comercio, las actividades económicas en general, el trabajo, las
personas, sus deseos y su propia vida, todo, no es el resultado de la imposición
o la obligación de la ley, aunque exista y se debe acatar, el seguro como un
producto, la necesidad de ofrecerlo es por la voluntad, la libertad y el
escoger cómo gestionar los riesgos, que los mismos usuarios reconozcan lo que
puede pasar, es una garantía que al momento de ocurrir se atenderá con
seguridad.
La naturaleza del seguro, más que
pagar y responder una póliza, es ofrecer el conocimiento para evitar los
riesgos, que el asegurado se entere, el tiempo que dedica el asegurador es con
el que sabe lo que se podría presentar y responder después por lo asegurado.
Los usuarios de los seguros, los que adquieren una póliza, deben saber que más
que una obligación contractual, es reconocer la necesidad de que los riesgos se
administren, se gestionen ofreciéndoles una solución. Las leyes que no
únicamente regulan el mercado, otras que obligan la compra de seguros como los
SOAT, ARL y los seguros de salud entre otros, la industria aseguradora de
iniciativa privada se adapta y se justa al mercado, a lo legal, no se puede explicar
la naturaleza del seguro como una obligación en adquirirlo, aunque así también
en algunos casos lo es, porque el seguro es un bien en un mercado que el
asegurado escoge al reconocer los riesgos. Las
obligaciones que tienen las empresas con los trabajadores independientes, los
seguros, son exigencias que están en la ley, pero es un asunto con la
legislación correspondiente, no con las aseguradoras, es un servicio que
ofrecen así como también el Estado crea empresas que en el mercado ofrece
seguros, el caso de Positiva.
Es una actividad comercial
vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia y la agremiación de la
industria aseguradora es FASECOLDA. Quienes responderán ante quejas y reclamos
como las empresas que participan en el mercado. La Ley 1502 de 2011, menciona
la promoción de la cultura de la seguridad, se declara como Semana de la
Seguridad Social la última del mes de abril, fecha 27 de abril que recuerda en el
año de 1955, el Convenio 103 de la Organización Internacional del Trabajo sobre
Seguridad Social. El Decreto Número 0723 del 2013, se afilian los trabajadores
independientes a un Sistema General de Riesgos Laborales, vinculados por un
contrato superior a un mes de acuerdo con tiempo, modo y lugar. El aporte que
se paga incluye pensiones y EPS, si son trabajos de alto riesgo, teniendo en cuenta
la clasificación de actividades económicas del Decreto 1607 del 2002, lo que se
paga al sistema pagará lo correspondiente de ARL(Administración de Riesgos
Laborales), en caso de ser un trabajo de alto riesgo y que está incluido
como tal, de lo contrario no, los
trabajadores independientes los cubrirían en caso de accidente o enfermedad el
seguro médico o el de salud que ofrece incluyendo una EPS (Entidad Promotora de Salud), es decir que si la enfermedad o el accidente se presenta por una
situación de alto riesgo, por causas del trabajo lo que se paga al sistema es
lo que cubrirá. El pago está incluido en la remuneración por un contrato como
independiente.
Ricardo Silva Romero, conocido
escritor y autoridad académica en literatura entre otros saberes, opinaba en
una columna en el periódico El Tiempo el drama de los trabajadores
independientes y menciona su inconformismo con el pago de ARL y EPS, que son
una obligación, pero hay que decir que está en su derecho de denunciar y exigir
mejores servicios, derechos del trabajador, pero con críticas informadas,
además enterándose como usuario qué le están ofreciendo, qué está pagando y a
qué empresa. Se supondría que Ricardo pensará que el pago de los seguros
debería no ser una obligación, y que los usuarios reconozcan la importancia,
pues cada quien trabaja pero cómo se enterará de los riesgos y cómo evitarlos.
¡Noticia! El Tiempo
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