domingo, 12 de marzo de 2017

Servicio Al Cliente

Responder para qué un seguro en esta ocasión lo responderé con la cuestión para qué leer. No es sobre una lectura o autor en particular, tampoco cuál editorial o corrector de estilo, pero posiblemente saber cuál lectura puede ser la más necesaria y decidamos sin que nos quite tiempo, pero que nos permita ante todo disfrutar la vida. Leer la vida y garantizarla para que nos dé tiempo en lo que queramos hacer, por lo tanto cuando se lee sobre el tema de los seguros se responde a la importancia del futuro y de cómo se hace realidad asumiendo los riesgos, la gestión necesaria que le ofrece un conocimiento y la oportunidad para que así se eviten los accidentes, incluyendo enfermedades y hasta perder lo necesario para vivir.

El interés de la industria aseguradora está en la gestión de riesgos, cómo administrarlo y ofrecer una solución a la incertidumbre, la necesidad del seguro no se puede comparar con las obligaciones contractuales, aunque hacen parte de un marco legal que regula el mercado, la necesidad de vender seguros a diferentes sectores como la industria, el comercio, las actividades económicas en general, el trabajo, las personas, sus deseos y su propia vida, todo, no es el resultado de la imposición o la obligación de la ley, aunque exista y se debe acatar, el seguro como un producto, la necesidad de ofrecerlo es por la voluntad, la libertad y el escoger cómo gestionar los riesgos, que los mismos usuarios reconozcan lo que puede pasar, es una garantía que al momento de ocurrir se atenderá con seguridad.

La naturaleza del seguro, más que pagar y responder una póliza, es ofrecer el conocimiento para evitar los riesgos, que el asegurado se entere, el tiempo que dedica el asegurador es con el que sabe lo que se podría presentar y responder después por lo asegurado. Los usuarios de los seguros, los que adquieren una póliza, deben saber que más que una obligación contractual, es  reconocer la necesidad de que los riesgos se administren, se gestionen ofreciéndoles una solución. Las leyes que no únicamente regulan el mercado, otras que obligan la compra de seguros como los SOAT, ARL y los seguros de salud entre otros, la industria aseguradora de iniciativa privada se adapta y se justa al mercado, a lo legal, no se puede explicar la naturaleza del seguro como una obligación en adquirirlo, aunque así también en algunos casos lo es, porque el seguro es un bien en un mercado que el asegurado escoge al reconocer los riesgos. Las obligaciones que tienen las empresas con los trabajadores independientes, los seguros, son exigencias que están en la ley, pero es un asunto con la legislación correspondiente, no con las aseguradoras, es un servicio que ofrecen así como también el Estado crea empresas que en el mercado ofrece seguros, el caso de Positiva.

Es una actividad comercial vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia y la agremiación de la industria aseguradora es FASECOLDA. Quienes responderán ante quejas y reclamos como las empresas que participan en el mercado. La Ley 1502 de 2011, menciona la promoción de la cultura de la seguridad, se declara como Semana de la Seguridad Social la última del mes de abril, fecha 27 de abril que recuerda en el año de 1955, el Convenio 103 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Seguridad Social. El Decreto Número 0723 del 2013, se afilian los trabajadores independientes a un Sistema General de Riesgos Laborales, vinculados por un contrato superior a un mes de acuerdo con tiempo, modo y lugar. El aporte que se paga incluye pensiones y EPS, si son trabajos de alto riesgo, teniendo en cuenta la clasificación de actividades económicas del Decreto 1607 del 2002, lo que se paga al sistema pagará lo correspondiente de ARL(Administración de Riesgos Laborales), en caso de ser un trabajo de alto riesgo y que está incluido como tal,  de lo contrario no, los trabajadores independientes los cubrirían en caso de accidente o enfermedad el seguro médico o el de salud que ofrece incluyendo una EPS (Entidad Promotora de Salud), es decir que si la enfermedad o el accidente se presenta por  una situación de alto riesgo, por causas del trabajo lo que se paga al sistema es lo que cubrirá. El pago está incluido en la remuneración por un contrato como independiente.

Ricardo Silva Romero, conocido escritor y autoridad académica en literatura entre otros saberes, opinaba en una columna en el periódico El Tiempo el drama de los trabajadores independientes y menciona su inconformismo con el pago de ARL y EPS, que son una obligación, pero hay que decir que está en su derecho de denunciar y exigir mejores servicios, derechos del trabajador, pero con críticas informadas, además enterándose como usuario qué le están ofreciendo, qué está pagando y a qué empresa. Se supondría que Ricardo pensará que el pago de los seguros debería no ser una obligación, y que los usuarios reconozcan la importancia, pues cada quien trabaja pero cómo se enterará de los riesgos y cómo evitarlos.


¡Noticia! El Tiempo

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